La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo ha abierto la convocatoria para solicitar ayudas a la modernización digital y la mejora de la competitividad de los autónomos tras la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) de la resolución para pedir de forma telemática estas subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, cuyo plazo se prolonga hasta el 26 de mayo de 2022.
Te contamos todo lo que tienes que saber sobre esta subvención y su tramitación. Puedes contactar con nosotros y solicitar tu presupuesto personalizado para solicitar esta subvención.
- Subvención según el tipo de destinatario
- Proyectos según el tipo de solución
- Cuantía de subvención y pago
- Términos de interés
- Fecha de ejecución del proyecto
- MODALIDAD A de proyectos
- MODALIDAD B de proyectos
- Cómo y dónde solicitarlo
- ¿Por qué se ha puesto en marcha este programa de subvenciones?
- Pide tu presupuesto personalizado
Subvención según el tipo de destinatario
Dentro de esta subvención se incluyen dos líneas de subvenciones según las personas destinatarias:
- Línea 1 se dirige a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, a las personas trabajadoras por cuenta propia agrarias y a las personas mutualistas (se subvencionan Modalidad A y Modalidad B).
- Línea 2 está destinada a sociedades cooperativas y laborales de Andalucía (se subvencionan Modalidad A y Modalidad B).
Proyectos según el tipo de solución
- Modalidad A: implantación y desarrollo de soluciones de transformación digital en la gestión empresarial.
- Modalidad B: incorporación de estrategias de marketing digital en la actividad de las empresas.
Cuantía de subvención y pago
Los proyectos de cada modalidad serán subvencionables en una cuantía mínima de 1.000 euros y una máxima de 6.000 euros.
El abono de las subvenciones se realizará mediante un pago único anticipado por importe del 100% de la resolución de concesión, que se realizará con posterioridad a la resolución de concesión.
Términos de interés
Te contamos las nomenclaturas relativas a la transformación digital y estrategias de marketing digital, útiles para incluir en la solicitud de la subvención.
Se entenderá por:
a) Transformación digital: la adaptación y modernización de los procesos de negocio mediante la incorporación de tecnologías de la información y la comunicación, así como la instauración de una cultura de la innovación en la empresa que le permita mejorar su rendimiento, ya sea en porcentaje de facturación y beneficios generados, nuevos productos o servicios introducidos y/o porcentaje de ahorro de costes.
b) Marketing digital: Conjunto de estrategias empleadas para la comercialización de un producto y/o servicio y estimular su demanda a través de canales digitales.
c) Canal digital: Medio definido a través de las redes de datos orientado a una comunicación específica con el público al que se dirige con mecánicas propias para la interacción con éste, tales como redes sociales, email marketing, blogs y/o páginas webs.
d) Software de gestión empresarial ERP (Enterprise Resource Planning): Sistema que centraliza todas las funciones necesarias para gestionar una empresa y especialmente las relacionadas con la producción, la logística, el inventario, los envíos y la contabilidad.
e) Software de gestión empresarial CRM (Customer Relationship Management): Programa informático que permite gestionar y organizar todos los parámetros relacionados con los clientes.
f) Plataforma CMS Web (Content Management System): Herramienta software para crear, administrar y gestionar un sitio web.
g) Proveedor de servicios gestionados MSP (Managed Service Provider): Empresas que se encargan de la gestión remota de la infraestructura y sistemas del cliente.
h) Robotización: Aplicación de sistemas automatizados, haciendo uso de máquinas o robots en los procesos productivos. Consiguiendo crear redes de producción digitales que permiten aumentar la producción y utilizar los recursos de manera más eficiente.
i) Valor de mercado: Aquel valor que se habría acordado por personas o entidades independientes en condiciones que respeten el principio de libre competencia.
j) Inicio de actuaciones: Se entiende por inicio de actuaciones la realización de cualesquiera actividades encaminadas a lograr el correcto arranque del proyecto de inversión y establecer los aspectos internos y logísticos necesarios para la ejecución del mismo.
Fecha de ejecución del proyecto
Los proyectos de inversión tendrán como fecha máxima de ejecución seis meses desde que se dicte la resolución de concesión.
MODALIDAD A de proyectos
Recuerda: los proyectos de la modalidad A subvencionables son para la implantación y desarrollo de soluciones de transformación digital en la gestión empresarial.
Gastos subvencionables:
Se consideran gastos subvencionables en la modalidad A de proyectos de inversión:
a) Adquisición de equipos informáticos o de infraestructura de tecnologías de información y comunicación (en adelante, TIC), cuando resulten necesarios para la instalación de software de gestión empresarial.
b) Adquisición de software de gestión empresarial Enterprise Resource Planning (conocido por sus siglas en inglés, ERP), Customer Relationship Management (conocido por sus siglas en inglés, CRM) o similar que reduzca la brecha digital de las personas o entidades solicitantes.
c) Adquisición de aplicaciones para el desarrollo e implementación de soluciones de
digitalización.
d) Costes de consultoría en los que se incurra a propósito de la implantación de las
soluciones de digitalización.
e) Costes de contratación de servicios “en la nube” para dar soporte al software de
gestión empresarial durante el plazo de un año.
f) Adquisición de cualquier otra solución digital o nueva tecnología de la robotización
que introduzca mejoras en el sistema de gestión y/o comercialización empresarial, así
como en los procesos productivos.
En la modalidad A, cuando el gasto subvencionable consista en la solución de digitalización conjunta de equipo informático y software de gestión empresarial, se considerará gasto subvencionable la instalación y puesta en funcionamiento de dicha solución conjunta, así como las altas y licencias del primer año, incluidas las de programas antivirus, y la capacitación necesaria para su óptimo uso, incluyendo la licencia del sistema operativo elegido.
Pueden solicitar la subvención de proyectos Modalidad A:
- Personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, a las personas trabajadoras por cuenta propia agrarias y a las personas mutualistas.
- Sociedades cooperativas y laborales de Andalucía.
No pueden solicitar esta subvención las personas trabajadoras autónomas societarias salvo las incluidas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios y quienes ejerzan las funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejero o administrador, o presten otros servicios para una sociedad de capital, a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa, siempre que posean el control efectivo, directo o indirecto, de aquella (se entiende que se produce tal circunstancia, cuando las acciones o participaciones del trabajador suponen, al menos, la mitad del capital social)
MODALIDAD B de proyectos
Recuerda: los proyectos de la modalidad B subvencionables son para la incorporación de estrategias de marketing digital en la actividad de las empresas.
Gastos subvencionables:
a) Gastos profesionales de creación, diseño e implementación de planes y campañas de marketing digital, posicionamiento on line, email, marketing, social media, remarketing, comunicación en redes sociales y publicidad en Internet.
b) Costes de consultoría para el análisis de procesos y definición de estrategias digitales, así como la consultoría de implantación.
c) Costes de consultoría para la supervisión del cumplimiento de los aspectos legales de la página web tales como la normativa vigente sobre protección de datos, política de cookies, normativa aplicable al comercio electrónico, en particular la relativa a la defensa de las personas consumidoras y usuarias y la normativa europea relativa a la aplicación de la Autenticación Reforzada de Cliente (SCA, por sus siglas en inglés) en los pagos electrónicos.
d) Costes de consultoría relativos a la formación del personal y la migración o carga de los datos significativos para que la página web sea operativa.
e) Gastos profesionales de diseño, creación o implantación de páginas web con o sin portal de ventas, y los gastos de proveedores web de plataformas Content Management System (conocido por sus siglas en inglés, CMS), como WordPress.
f) Costes de contratación de los servicios de proveedores web de plataformas CMS de código abierto y de proveedores de servicios gestionados Managed Servies Provides (conocido por sus siglas en inglés, MSP) durante el plazo de un año.
Pueden solicitar la subvención de proyectos Modalidad B:
- Personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, a las personas trabajadoras por cuenta propia agrarias y a las personas mutualistas.
- Sociedades cooperativas y laborales de Andalucía.
No pueden solicitar esta subvención las personas trabajadoras autónomas societarias salvo las incluidas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios y quienes ejerzan las funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejero o administrador, o presten otros servicios para una sociedad de capital, a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa, siempre que posean el control efectivo, directo o indirecto, de aquella (se entiende que se produce tal circunstancia, cuando las acciones o participaciones del trabajador suponen, al menos, la mitad del capital social)
Cómo y dónde solicitarlo
- Se presentan única y exclusivamente de forma telemática
- A través de los servicios de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, cumplimentando el siguiente procedimiento: https://www.juntadeandalucia.es/empleoformacionytrabajoautonomo/ovorion/auth/loginjs?procedimiento=377
Dentro de la memoria del proyecto, necesitas los presupuestos o facturas proforma correspondientes a los gastos previstos para la realización de cada una de las actuaciones incluidas en el proyecto de inversión para las que se solicita la subvención, de la cual podemos proveerte si solicitas un presupuesto.
Tendrás una descripción individualizada y detallada de los gastos presupuestados de diagnóstico, asesoramiento, implantación y capacitación,que permita determinar que el gasto es necesario para la ejecución de las actuaciones integrales del proyecto de inversión.
Si te ha faltado algún documento por adjuntar tendrás un plazo de 10 días para que subsanes la falta o acompañes los documentos necesarios, en caso de no hacerlo se daría por desistida la solicitud.
¿Por qué se ha puesto en marcha este programa de subvenciones?
El impacto súbito y generalizado de la pandemia del COVID-19 y las medidas de suspensión de las actividades que se adoptaron para contenerla han ocasionado una drástica contracción de la economía mundial.
En este escenario se ha hecho necesario acelerar los procesos de virtualización de las relaciones económicas y sociales como respuesta a los confinamientos obligatorios con el fin de evitar la interrupción total del sistema.
Tanto los empresarios individuales como las sociedades cooperativas andaluzas y las sociedades laborales de Andalucía no son entes ajenos a la crisis actual, es más, en muchas ocasiones la situación de estos colectivos es especialmente grave, ya que las medidas de contención de la pandemia decretadas por el Gobierno han supuesto la intermisión de su actividad, y con ello, la falta de ingresos.
Se ha contrastado que en este contexto de crisis sanitaria y económica, las empresas más avanzadas en transformación digital tienen mayor capacidad de respuesta a los retos generados por el COVID-19, lo que les supone una ventaja con respecto a aquellas que no han iniciado su proceso transformador.
El COVID-19 se ha convertido en la unidad de medida capaz de discernir cuán preparados estábamos, tanto a nivel privado como público, en el camino de la transformación digital.
Los empresarios individuales así como las sociedades cooperativas y laborales de Andalucía se han visto obligadas a responder a esta coyuntura con las herramientas de las que disponían en ese momento.
Dichas herramientas se han juzgado insuficientes en más de una ocasión pero la resiliencia de las personas, las ganas de innovar y desarrollar nuevas soluciones han sido la respuesta de este colectivo afectado por la crisis, y en este marco la transformación digital se erige como pieza fundamental en la recuperación económica de este sector.
La Unión Europea, el 14 de diciembre de 2020, con el objeto de dar respuesta a la necesidad de apoyar la transformación digital de las sociedades europeas y de sus economías, aprobó el acuerdo político entre el Parlamento Europeo y los Estados miembros de la UE sobre el primer programa de la UE destinado a acelerar la recuperación e impulsar la transformación digital europea.
En este marco, el 16 de noviembre de 2020 se acordó la aprobación del Plan de Apoyo a Pymes y Autónomos de Andalucía. Dicho Plan tiene como objetivo reforzar los pilares económicos de Andalucía, hacer más sólido el tejido empresarial andaluz frente al envite de la crisis económica originada por la pandemia, dar viabilidad a corto, medio y largo plazo a emprendedores, autónomos y pequeños empresarios que, por sus propios medios, no tendrían garantías de supervivencia. Para ello, el Plan se apoya en diez líneas de actuaciones, siendo una de ellas precisamente la línea de digitalización de la actividad económica.
La transformación digital se alza como una de las claves en la reflotación económica de nuestras empresas. Supone un cambio en la forma en que éstas operan y brindan valor a sus clientes. Implica la reelaboración de los productos, procesos y estrategias dentro de la organización mediante el aprovechamiento de la tecnología digital.
Enlaces de interés:
- https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/procedimientos/detalle/24657.html#toc-normativa
- https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2021/202/BOJA21-202-00029-16499-01_00200243.pdf
- https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/227/
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724
- https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios.html
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